Ingreso en una Residencia 

¿Qué son?

Las residencias son centros de servicios sociales destinados para el alojamiento; bien sea temporal, bien permanente, para personas mayores o personas con algún tipo de discapacidad. Suponen una alternativa al hogar familiar cuando confluyen una serie de circunstancias (familiares, económicas, socio-sanitarias, etc.) que desaconsejan la permanencia en el domicilio. De ahí la importancia de que se conviertan en auténticos hogares. Resulta primordial que las residencias permitan a los alojados llevar un vida lo más parecida posible a la que llevaban antes de ingresar en el centro: intimidad, llevar consigo sus propias pertenencias y recuerdos, recibir visitas en las habitaciones, poder seguir con sus costumbres…Mujer mayor en silla de ruedas mirnado a través de la ventana

Las residencias para los mayores asumen la tarea de prestar cuidados y asistencia en mayor o menor grado. Se procura el desarrollo personal, la atención social y sanitaria.Subir

¿Cómo se accede a estos centros?

Los requisitos que se han de cumplir para el ingreso deberán ser consultados en el centro en cuestión.

A modo orientativo, (la normativa de cada Comunidad Autónoma es este sentido varía) las condiciones a cumplir serían los siguientes:

Médico examinando a paciente
  • edad: ser mayor de 65 años. Si se es pensionista la adad de acceso podría situarse en los 60. Si el pensionista sufre discapacidad física o psíquica estos datos varíaran.
  • residencia: hace referencia al habitat en la localidad donde esté ubicado el centro. Las CCAA suelen exigir un mínimo de años de empadronamiento para poder optar al ingreso.
  • No precisar de cuidados hospitalarios continuados, ni encontrarse en situación terminal.
  • No haber sido expulsado de otros centros.
  • Poder hacer frente al pago de la mensualidad.
  • No padecer trastornos de conducta que perturben gravemente la normal convivencia.
  • Para el acceso a las plazas de residencias públicas o concertadas, las Comunidades Autónomas han aprobado y publicado unos baremos que determinan el grado de dependencia o de valimiento de una persona mayor.
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¿Cúanto cuestan?

Vivir en una residencia no es gratuito. La familia, el usuario y las administraciones públicas (cuando éstos no pueden hacerlo) se enfrentan a los costes de los servicios que los centros ofrecen.

Las aportaciones que deben asumir los usuarios es una cuestión muy debatida entre las diferentes administraciones. Las CCAA han legislado sobre esta materia y entre los criterios esenciales de acceso a las residencias tanto públicas como concertadas se apuntan la falta de medios económicos, grado de dependencia y situación de abandono o desatención.

Los precios varían de forma significativa. Cada residencia establece sus costos atendiendo a una serie de criterios: atención asistencial, infraestructuras, estado de salud del paciente,  servicios complementarios ofertados, tipo de plaza… Siempre que se hable de precios habrá que distinguir entre las residencias de titularidad pública o privada. Así los centros públicos pueden venir a cobrar entre un 65 y un 85% de los ingresos anuales. Este porcentaje deberá garantizar que la cuantía resultante no  supere el coste establecido y que el usuario dispondrá de una cantidad para gastos personales. Los residencias privadas marcarán sus propios precios: se puede hablar de 1500 euros de media al mes.

El siguiente cuadro puede resultar muy aclaratorio para conocer la financiación de las residencias. Fuente: Gobierno de Navarra. Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud.

Tabla: Modelo de financiación de las residencias para personas mayores en España.

Modalidades de atención>Financiación
Sociales

-Usuario: ingresos personales (pensión).

Patrimonio

-Administración autonómica:

Ayudas económicas al usuario o a la residencia.

Servicios al usuario según baremos.

-Familiares

-Entidades privadas presentes en la gestión del centro.

Sanitarias

Seguridad Social: Sistema Sanitario.

Atenciones especializadas

Atenciones hospitalarias

Usuarios, familiares, administraciones públicas: Sistema de Servicios Sociales

Atenciones no especializadas

Atenciones no hospitalarias

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Si está pensando en ingresar en una residencia

Para decidir lo mejor es conocerlo: informarse sobre el centro, hablar con los responsables, visitarlo, estudiar su ubicación, su infraestructura, sus accesos, distribución, instalaciones, accesibilidad… Todo ello resulta fundamental para tomar una decisión.

  • Estudiar bien la habitación; la amplitud y la iluminación serán los dos aspectos básicos a tener en cuenta. Valorar también la presencia de armarios, de llaves, de timbres, las condiciones higiénicas, los baños… Infórmese de si está permitido o no llevar muebles, decorar la habitación, llevar recuerdos… Pregunte por los sistemas de seguridad, alarma y emergencias.
  • En cuanto a los aspectos legales, compruebe si el centro está debidamente autorizado. Solicite el contrato de admisión y del Reglamento de Régimen Interno y léalos con atención. Consulte la tarifa de precios. Todos los centros tienen que contar con el libro de Reclamaciones Oficial.
  • Se valorará la facilidad que ofrezca el centro para que el usuario pueda ser visitado: un horario amplio puede facilitar las visitas de los familiares. No olvide preguntar la posibilidad de hacer/recibir  llamadas telefónicas.
  • La calidad asistencial dependerá en gran medida del personal que trabaje para la residencia. Compruebe que son profesionales, que cuentan con experiencia, que son suficientes para realizar los trabajos que se les encomiende… Pregunte por el número de cuidadores, de médicos.
  • Pregunte por las prestaciones que se ofrecen: terapias ocupacionales, rehabilitación, gimnasio, animación, consultas médicas, salas comunes para el convivencia con los demás usuarios… Algunas residencias ya incorporan servicios complementarios como farmacia, masajes, asesoría jurídica, peluquería, podología, asistencia psicológica…
  • La comida. Los centros adaptan el menú a las necesidades médicas del mayor. Vea el plan semanal de comidas. Son pocos los centros donde se puede decidir entre varios menús.
  • En muchas residencias existen listas de espera debido al exceso de demanda y la escasez de plazas que oferta el mercado. No olvide preguntar sobre esta cuestión.
  • El ingreso en una residencia puede suponer para la persona mayor un motivo de dolor o tristeza por lo que será necesario explicarle el tema con naturalidad para que la persona pueda entenderlo. No está de más explicarle los motivos por los que se elige una residencia u otra, las ventajas de las que podrán disponer y la atención adecuada que le van a prestar.

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Derechos y deberes de los residentes

Abuela con los ojos cerrados va a recibir un regalo de su nietoLa residencia no es solamente un centro destinado al alojamiento; también es un centro de convivencia. Conocer y cumplir las normas que hagan posible esta convivencia es el derecho fundamental que tiene que tener presente todo usuario. Su comportamiento se orientará hacia el respeto, la tolerancia y la colaboración. Se compartirán instalaciones que deben ser cuidadas para que sirvan al disfrute de todo.

Si se detectase alguna anomalía o incumplimiento de contrato, se comunicará a la autoridad pertinente para que pueda actuar con la mayor rapidez posible. También se podrá acudir a Oficinas del consumidor o asociac/iones que ayudarán a resolver los problemas que se planteen.

Detalle de una habitación habilitada para masajes en una residenciaLa persona mayor será informada de sus derechos por parte de las personas responsables de la residencia. En muchos casos se les entregará el Reglamento de régimen interior.

Los usuarios deben considerar que la residencia es su hogar. El centro informará y fomentará la participación en las actividades que organice. Deberá procurar que el usuario goce de la máxima intimidad personal posible (correspondencia, llamadas telefónicas, visitas que reciba, confidencialidad de sus datos médicos y familiares). El personal se comprometerá a ofrecer un trato correcto a todos los mayores y a no discriminar a nadie por ninguna razón. Subir

Tipos de residencia

Hay diferentes clasificaciones dependiendo de la comunidad autónoma en la que resida. El criterio fundamental atiende a la titularidad de la residencia. Así se puede hablar de titularidad pública (plazas financiadas en su totalidad o bien por la comunidad autónoma o por los municipios), privada (plazas de precio tasado, cuyo coste, que no puede ser superior al precio plaza de adjudicación que rija para la concesión, es asumido por los usuarios) o concertada (plazas financiadas parcialmente, comparten su coste las comunidades autónomas y los usuarios).

Otra clasificación que se establece entre estos centros se hace en función del grado de dependencia del usuario. Así se puede hablar de:

  • La residencia para válidos. Los usuarios se valen por si mismos para las actividades de la vida diario a pesar de no poder permanecer en su propio domicilio.
  • La residencia mixta. Los usuarios serán personas que mayoritariamente se valen por sí mismas, pero el centro acoge también a personas afectadas de algún tipo de minusvalía
  • La residencia asistida. Residencias destinadas a la atención social de personas con minusvalías físicas o psíquicas, que requieren, además de los cuidados ordinarios, especiales cuidados médicos y sanitarios.
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Servicios que pueden prestar

Servicios sanitarios:

  • Atención médica: educación para la salud, prevención y tratamiento de enfermedades.
  • Cuidados de enfermería: en coordinación siempre con los servicios médicos, ofrecen vigilancia y cuidados sanitarios.
  • Otros servicios:
    • fisioterapia para la rehabilitación de la enfermedad invalidante.
    • terapia ocupacional: siempre buscando la mayor autonomía posible. Existe a nivel individual y colectivo.
    • atención social: para la integración del individuo en el grupo, promoviendo su relación con la comunidad para un crecimiento en el desarrollo personal.

Es fundamental que las personas mayores reciban atención social y psicosocial que les ayude a sentirse activos y útiles.

  • Terapéuticas: ayudan a que la persona pueda desempeñar las actividades de la vida cotidiana.  Se trata de potenciar la destreza y las actitudes y conseguir el máximo de autonomía e integridad. Las capacidades dañadas serán los puntos sobre los que se deberá trabajar.
  • Actividades de animación social: este tipo de actividades mejoran las relaciones entre las personas, fomentan el desarrollo personal y la convivencia. Se trata de actividades culturales, de memoria, físicas, domésticas y comunicativas. Sirven de esparcimiento e integración.

Persona recibiendo una sesión de fisioterapiaLas residencias ofrecen además otros servicios complementarios como son manutención, alimentación, cuidados personales, lavandería. Son muchas ya las que cuentan entre este tipo de servicios con biblioteca, peluquería, podología. La tendencia es a ir sumando servicios para facilitar a las personas mayores su potencial uso. Algunas residencias disponen de transporte adaptado para sus usuarios.

Es importante que cuenten también con consejería que gestione la recepción de llamadas, la correspondencia y el servicio de información. Las personas mayores necesitan de la relación con sus familias y viceversa. La residencia deberá informar a los familiares sobre la integración y evolución de la persona ingresada.Subir

Solicitud de ingreso

Para temas relacionados con el ingreso en el centro lo primordial es informarse en el propio centro o los servicios sociales de la comunidad autónoma. La información básica a presentar para el ingreso podría consistir en:

  • Fotocopia del DNI
  • Declaración de bienes e ingresos
  • Empadronamiento y certificado de convivencia
  • Fotocopia de la declaración de la renta
  • Certificado de la prensión que reciba
  • Fotocopia de cartillas de ahorro
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Estancias temporales en residencias

Hay momentos en que las circunstancias personales de los cuidadores de las personas mayores obligan a plantear el ingreso de éstas en residencias de manera temporal. Se trata de un tiempo determinado.

Son varias las causas que pueden provocar este tipo de internamiento: la enfermedad del cuidador puede provocar que no se puedan conceder las atenciones necesarias, incluso que el cuidador se vea en la obligación de dejar sola a la persona necesitada de cuidados. A veces, es la persona mayor la que necesita otros tipos de cuidados por motivo de una convalecencia o porque se agrava su situación. Otro de los motivos habituales es la necesidad de descanso y de “reponer fuerzas” que deben de disfrutar los cuidadores: sus períodos vacacionales, sus fiestas, sus relaciones personales. Hay otros casos en los que surgen circunstancias no previstas que hacen que la familia no pueda hacerse cargo de la persona dependiente: viajes, trabajo puntual…

No todas las residencias cuentan con ese tipo de servicio por lo que será necesario contactar con los servicios sociales del municipio o de la comunidad para que nos informen sobre cómo y dónde podemos gestionar estos ingresos.Subir

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